SERVICIOS DE INMIGRACIÓN

MORRIS LAW GROUP, PC. OFRECE GRAN VARIEDAD DE SERVICIOS MIGRATORIOS Y BRINDA LA MEJOR REPRESENTACIÓN LEGAL POSIBLE.

Visa tipo T (para víctimas de tráfico humano)

Una visa tipo T da un estatus legal temporal y elegibilidad de trabajo a víctimas que están en EE.UU. a causa de una forma grave de trata de personas . El o la no ciudadano debe demostrar que sufriría dificultades extremas y daños severos si es deportado.

Permiso De Trabajo

Los empleadores, en los Estados Unidos, deben comprobar que todos sus empleados, independientemente de su nacionalidad o lugar de origen, se les permite trabajar, legalmente, en el país.
Un documento de autorización de empleo (EAD) es una prueba que el no ciudadano usa para demostrarle a su empleador que se le es permitido, legalmente, trabaja en los Estados Unidos.
Un no ciudadano puede obtener su permiso de trabajo de varias maneras, incluyendo una visa aprobada o basada en el empleo.

Nacionalización

Convertirse en ciudadano de los Estados unidos, conocido como nacionalizarse, tiene muchos beneficios como el derecho a votar, derecho a solicitar familiares como inmigrantes a los EE.UU. y la oportunidad de poder viajar fuera del país sin perder el derecho a regresar.
Una persona puede ser elegible para nacionalizarse si tiene, por lo menos, 18 años de edad y ha vivido en los Estados Unidos como residente legal permanente durante al menos cinco años ( con excepción de los refugiados, las personas que reciben su tarjeta de residentes permanentes a través del asilo, cónyuges ciudadanos del país, o de algún miembro del personal militar estadounidense), tiene que demostrar un buen comportamiento moral, haber estado físicamente presente en EE.UU. en los últimos cinco años, haber vivido en el distrito o estado en donde se presenta por lo menos tres meses; no haber pasado más de un año fuera de los Estados Unidos y no haber hecho su principal vivienda en otro país.
Algunos solicitantes tienen como requisito, diferentes pruebas de inglés y educación cívica de acuerdo a su edad y del tiempo que llevan de residencia legal permanente en el país.

Ley de Protección Para las Víctimas de Violencia Doméstica (VAWA)

Los actos de violencia en contra de las mujeres crean rutas especiales para obtener un estatus legal en lo Estados Unidos para no ciudadanos, mujeres y hombres , que han sido maltratados o han sido víctimas de crueldad extrema. Para ser elegible bajo el VAWA, él o la no ciudadano debe ser cónyuge, hijo o hija de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente abusivo, tener buena conducta moral y demostrar que su expulsión o deportación resultaría en extremo perjudicial para él o ella o su hijo o hija. Si el solicitante de VAWA es un cónyuge, él o ella debe demostrar que entró en el matrimonio de buena fe. A través de un proceso de auto-peticiones, él o la solicitante VAWA puede solicitar el estatus legal sin el conocimiento o participación del abusador.

Perdones Migratorios

Existen muchas trabas o dificultades para las peticiones de familia. Afortunadamente, también hay muchas exenciones o perdones para varias de estas. Algunas de dichas exenciones se basan en dificultades extremas sufridas por el familiar solicitado; y dependen del grado del delito en el terreno penal o de improcedencia.

Aplicaciones por la Convención Contra La Tortura

Si a un extranjero no se le concede el asilo o la no expulsión del país; este aún tiene una pequeña posibilidad de no ser expulsado si apela al recurso de la Convención Contra la Tortura (CAT). Esta persona puede ser protegida bajo el CAT, si demuestra que puede ser torturado si regresa a su país de origen y que esta tortura es  instigada o con el consentimiento de un funcionario público o persona en el ejercicio de sus funciones oficiales. Si no le conceden la no expulsión esta puede ser aplazada bajo la protección del CAT.

Aplicación de Cancelación de Deportación en Corte

Los Residentes Legales Permanentes LPR que fueron puestos en procesos de expulsión a partir del primero de abril de 1997 pueden solicitar la cancelación de su deportación si el LPR establece: Fue admitido legalmente para residencia permanente por no menos de cinco años; que ha residido continuamente en los EE.UU. durante siete años después de haber sido admitido y no se ha declarado culpable de cualquier delito agravado. Si la persona, no ciudadana, no es LPR debe demostrar: la presencia física continua en los EE.UU. por lo menos de 10 años inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud; buena conducta moral durante dicho período; no hay descalificación   por condenas penales y  la remoción resultaría en dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para su cónyuge, hijo o hija; padre o madre, que es ciudadano o residente permanente legal en los EE.UU.

Audiencia de fianza

Si un no ciudadano es detenido, se le da la oportunidad para su liberación a través de una audiencia de fianza. La representación legal en una audiencia de este tipo incluye la presentación de pruebas favorables del no ciudadano ante el juez de inmigración para obtener su liberación con el menor costo posible en su fianza.
Estos pruebas incluyen:
• Prórroga de la residencia en EE.UU.
• Existencia de lazos familiares y participación de la comunidad.
• Cartas de amigos, familiares y empleadores del no ciudadano que atestiguen (den testimonio) sobre su buena conducta moral.
• Falta de un serio historial delictivo.
• Registro que demuestra el cumplimiento de otro procedimiento judicial.
Estos factores deben establecer que el no ciudadano detenido no representa ningún riesgo de fuga y que cumplirá con los futuros procesos de inmigración. Si el no ciudadano tiene en su historial delictivo delitos graves como de vileza moral, es más difícil para él o ella ser liberado de prisión.

Visa U (para víctimas de crímenes violentos o ciertas violaciones en el lugar de trabajo)

Una visa tipo U da un estatus legal temporal y elegibilidad de trabajo a las víctimas de determinados delitos calificados que ocurren en EE.UU. Una agencia de la ley debe certificar que el o la  solicitante de la visa tipo U ha sido, está siendo o es probable que sea útil a la agencia de aplicación de ley, en la investigación o el enjuiciamiento de un acto criminal.

Revisión Del Caso Migratorio

Ofrecemos asesoría profesional en nuestra oficina o vía telefónica, garantizándole una exhaustiva revisión de su caso a nuestros clientes potenciales.

Exenciones Por Dificultades

Una exención por dificultades exime a una persona de ciertas causales de inadmisibilidad como la de haber entrado al país de forma ilegal.

Renovación De Residencia Permanente

Si la tarjeta de residencia  de un residente permanente  ya tiene 10 años y se ha vencido  o expira en los siguientes seis meses, debe ser renovada para que este  pueda mantener los términos legales de su permanencia en el país. Esta tarjeta, actualizada, debe ser portada por el residente permanente de lo contrario, puede ser objeto de sanciones penales.

Ajuste De Estatus

Un no ciudadano puede ser elegible para el ajuste de su estatus si una determinada categoría de inmigración está disponible para él o ella . La mayoría de no ciudadanos se convierten en elegibles para una Green Card (Tarjeta  de legal permanencia) a través de una petición presentada por un miembro de su familia o un empleador. Otros, no ciudadanos, deben ajustar su estatus después de obtener primero la residencia legal permanente a través de asilo, visa tipo U, visa tipo T,  bajo una petición VAWA o a través de otras disposiciones especiales.

Peticiones a la Junta de Apelaciones de Inmigración o a los Tribunales Federales del Distrito

Cuando a un inmigrante se le niega la eliminación  del proceso de deportación, esta decisión del juez de inmigración puede ser apelada ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y, posteriormente, a la Corte del Circuito Federal correspondiente.

Asilo

Una persona no ciudadana puede ser elegible para el asilo si el no ciudadano ah enfrentado persecución en el pasado o tiene un temor bien fundado de persecución en su país natal por el gobierno, o por las fuerzas que el gobierno sera incapaz o no quiere controlar, por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política. Con pocas excepciones, la persona no ciudadana debe solicitar asilo dentro de un año de la entrada en los Estados Unidos para asegurar que se tomen las medidas adecuadas en lo que respecta a su situación jurídica.

Retención de Retiro

Si a un no ciudadano se le niega el derecho de asilo, él / ella puede seguir siendo elegible para la retención de retiro. Un no ciudadano puede ser elegible para la retención de retiro si puede establecer que es más probable que  su vida o la libertad sería amenazada por raza, religión, nacionalidad, la pertenencia a un grupo social particular o política en el condado nativo del no-ciudadano. La persecución puede ser infligida por el gobierno o por personas u organizaciones, que el gobierno no puede o no quiere controlar.

Peticiones Familiares

Un ciudadano o residente legal permanente puede presentar el formulario I-130 para solicitar beneficios de inmigración para un familiar calificado.
Un ciudadano puede pedir: su cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, hijos o hijas solteros mayores de 21 años, hijos e hijas de cualquier edad. Madre o padre al igual que hermanos o hermanas si el ciudadano es mayor de 21 años.
Y un residente legal permanente puede pedir a su cónyuge o a hijos e hijas solteros de cualquier edad.

DACA ( Acción Diferida para quienes llegaron en la infancia )

Con el fin de que el solicitante sea elegible para la acción diferida para los llegados en la infancia (DACA), este debe: Haber nacido a partir del 16 de junio de 1981, llegado a EE.UU. antes de cumplir 16 años, tener residencia permanentemente en los EE.UU. desde el 15 de junio del 2007 (hace 5 años) hasta el presente tiempo; estar físicamente en el país desde junio 15 del de 2012 y en el momento de hacer la aplicación DACA; haber entrado sin inspección antes de junio de 2012; o el estado legal de inmigración expiró el 15 de junio del 2012, estar matriculado en la escuela secundaria, u obtenido un certificado de educación general (GED); y no haber sido condenado por un delito grave, delito menor significativo, tres o más delitos menores y no debe representar una amenaza para la seguridad nacional o pública.

Acción Diferida O Discreción Del Fiscal

Discreción fiscal es una decisión tomada por el gobierno de procesar o no , a un o una inmigrante por presencia ilegal en los EE.UU. Las decisiones relativas a la discreción se hacen caso-por-caso basados en una serie de factores que incluyen la búsqueda del no ciudadano de educación en los EE.UU. , las circunstancias de la llegada de los no ciudadanos al país y el tiempo de estadía de estos en los EE.UU. Si un no ciudadano o cualquier familiar directo ha servido en las fuerzas armadas; los lazos y contribuciones de este a la comunidad; si su cónyuge, hijos, padre o madre son ciudadanos del país o residentes legales permanentes; la edad del no ciudadano, los lazos este o esta con su país de origen.
Es probable que se le conceda, al no ciudadano, algún tipo de alivio temporal o permanente de la expulsión del país si él o ella no tiene un historial delictivo o representa una amenaza nacional o pública.
Las solicitudes para el ejercicio favorable de discreción procesal, requieren una cuidadosa consideración de todos estos factores y más.

Suspensión De La Expulsión

Aún si a un inmigrante se le niega la solicitud de asilo puede ser candidato para la suspensión de su expulsión del país si demuestra que su vida o su libertad corren peligro por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por sus ideas políticas en el país de origen. La persecución puede ser ejercida por el gobierno o personas u organizaciones que no pueden ser controladas por el gobierno.

Todas las personas son iguales ante la ley .
Un buen abogado es lo que hace una diferencia.